12/07/2020

¿Tengo derecho a la Justicia Gratuita?

Compartir en Facebook Compartir en Twitter

Hoy 12 de Julio, es el día de la Justicia Gratuita y del Turno de Oficio, y no podía hablaros de otra cosa, puesto que este es un derecho fundamental, regulado en nuestra norma suprema, la Constitución Española, en su artículo 24, en el cual se recoge el derecho a la Tutela Judicial Efectiva, que implica que todas las personas tengan asegurado el acceso a la Justicia y a la Tutela Judicial. Además de esto es importantísimo señalar que la Justicia es uno de los valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico y sobre el que se sustenta nuestro Estado de Derecho, como se prevé en el artículo 1 de nuestra Constitución. Por ello, en la misma, en su artículo 119 se establece que la Justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley y, en todo caso, para quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.

La Justicia Gratuita se encuentra regulada por la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, la cual permite a todas las personas que carezcan de recursos suficientes, proveerse de los profesionales necesarios, como son los/as abogados/as y los/as procuradores/as, y de ésta forma poder ver defendidos sus derechos. La finalidad es garantizar el acceso a la Justicia en condiciones de igualdad  a todos/as los/as ciudadanos/as.

El Turno de Oficio se comprende por un listado de abogados/as dedicados/as a prestar el servicio público de asistencia jurídica gratuita y que por turno  van siendo llamados por el Colegio de Abogados correspondiente para ejercitar el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a la asistencia jurídica gratuita, así como obviamente a garantizar el derecho de defensa, que tenemos todas las personas.

La Justicia Gratuita puede solicitarse en los Colegios de Abogados correspondientes al lugar de Empadronamiento, por ejemplo en el caso de estar empadronados en Águilas, el Colegio de Abogados del que Águilas forma parte según el Partido Judicial, es el de Lorca. Pero, para garantizar el acceso a estos derechos, desde Águilas, para evitar desplazamientos puede solicitarse en la Oficina de Consumo (OMIC), en el Centro Municipal de la Mujer y en el Centro de Atención Especializada para mujeres víctimas de Violencia de Género (CAVI).

Los requisitos para obtener la Justicia Gratuita son los siguientes:

- Estar empadronado en el Partido Judicial donde se solicita.
- Aportar toda la documentación requerida a efectos de acreditar la situación personal, judicial y económica.
- Firmar debidamente la Solicitud.
- Firmar la Protección de Datos.
- Ser Persona Física y carecer de recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar que no superen los siguientes umbrales:

            a) Dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar.

           b) Dos veces y media el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas integradas en alguna de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros.

          c) El triple de dicho indicador cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros o que tengan reconocida su condición de familia numerosa de acuerdo con la normativa vigente.

Los medios económicos serán valorados individualmente cuando el solicitante acredite la existencia de intereses familiares contrapuestos en el litigio para el que se solicita la asistencia.
Ser Persona Jurídica, cuando careciendo de patrimonio suficiente el resultado contable de la entidad en cómputo anual fuese inferior a la cantidad equivalente al triple del indicador público de renta de efectos múltiples.

Una vez debidamente solicitada y habiendo cumplido los requisitos le llegará a su domicilio una notificación con el/la abogado/a y el/la procurador/a designado/a para ejercitar su asistencia jurídica gratuita. Una vez habiéndose puesto en contacto con ambos profesionales se personaran como sus representantes legales, ejercitando su defensa y representación procesal ante los Tribunales.

VOLVER A ARTÍCULOS